AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1332/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1332/2023

Fecha: 11-Oct-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1332/2023

PARTE QUEJOSA Y RECURRENTE: **********

PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIO: PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ

COLABORÓ: DIEGO ANDRÉS CASTAÑÓN GUTIÉRREZ

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Una persona de ochenta y siete años en situación de vulnerabilidad por estar enferma, no saber leer ni escribir y no entender bien el español (por pertenecer a una comunidad indígena) demandó la nulidad de un contrato de compraventa de un bien inmueble de su propiedad, alegando que la parte compradora abusó de su situación de vulnerabilidad al haber pactado un precio muy inferior a lo que ella quería, asimismo se inconformó con la forma de pago de dicho precio.

Durante la tramitación del procedimiento, la actora falleció siendo que continuó el procedimiento el albacea de su sucesión. El juez de primera instancia declaró improcedente su acción y la Sala responsable confirmó dicha resolución.

En contra de esa determinación, el albacea de la sucesión a bienes de la actora promovió demanda de amparo directo, misma que se resolvió en el sentido de negar la protección constitucional.

Inconforme con la resolución anterior, la parte quejosa interpuso recurso de revisión manifestando que no se suplió la deficiencia de la queja en favor de la vendedora a pesar de ser una persona mayor en situación de vulnerabilidad y que no se activaron los protocolos establecidos para la defensa de esas personas.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1332/2023

PARTE QUEJOSA Y RECURRENTE: **********

PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ

SECRETARIO: PABLO FRANCISCO MUÑOZ DÍAZ

COLABORÓ: DIEGO ANDRÉS CASTAÑÓN GUTIÉRREZ

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al once de octubre de dos mil veintitrés, emite la siguiente: