Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2139/2023
Fecha: 04-Oct-2023
III. OPORTUNIDAD
- El recurso de revisión fue interpuesto de forma oportuna . El quince de marzo de dos mil veintitrés se notificó por lista a las partes la sentencia recurrida , por lo que dicha notificación surtió efectos al día hábil siguiente, esto es, el dieciséis de ese mes y año. Por ende, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del diecisiete de marzo al tres de abril de dos mil veintitrés , descontándose los días dieciocho, diecinueve, veinte, veintiuno, veinticinco y veintiséis por ser inhábiles, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo y el artículo 74, fracción III de la Ley Federal del Trabajo .
- Por ende, si el señor Persona “A” y la señora Persona “B” interpusieron el recurso de revisión el veintinueve de marzo de dos mil veintitrés , se concluye que se presentó de forma oportuna.
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