SENTENCIA.
Mediante la cual se resuelve el amparo directo en revisión 2178/2023 , promovido por Abel Osbaldo García Gerardo y otros , en contra de la sentencia dictada en sesión del tres de marzo de dos mil veintitrés, por el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Segundo Circuito , en el juicio de amparo directo 381/2022 .
El problema que esta Segunda Sala debe resolver consiste en determinar si pese a que en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa no se encuentra prevista la obligación de realizar aportaciones en favor de los trabajadores a un fondo de vivienda, el gobierno de esa entidad federativa, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso f), debe adoptar un sistema de financiamiento que permita otorgarles créditos baratos y suficientes para que adquieran en propiedad una vivienda o, en su caso, celebrar un convenio con los institutos existentes a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores.
