amPARO directo EN REVISIÓN 1637/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

amPARO directo EN REVISIÓN 1637/2023

Fecha: 08-Nov-2023

II. OPORTUNIDAD

  1. El recurso de revisión fue interpuesto oportunamente. La sentencia recurrida fue notificada a la quejosa el diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, surtiendo efectos al día siguiente hábil que fue veinte, por lo que el plazo establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del veintiuno de febrero al seis de marzo de ese mismo año; descontándose los días dieciocho, diecinueve, veinticinco y veintiséis de febrero, cuatro y cinco de marzo del año en curso, por ser sábados y domingos respectivamente inhábiles, de conformidad con los artículos 19 de la Ley de Amparo y 143 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Por ello, si la recurrente presentó su escrito de expresión de agravios el tres de marzo del presente año, el recurso de revisión es oportuno.
  2. Estas consideraciones son vinculantes al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos.