AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2011/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2011/2023

Fecha: 15-Nov-2023

II. OPORTUNIDAD

  1. Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado se tuvo por notificada a la parte quejosa el dieciséis de enero de dos mil veintitrés , en términos de la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo . Dicha notificación surtió efectos el mismo día, conforme a lo previsto en la fracción III del artículo 31 de la misma Ley.
  2. Por lo tanto, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del diecisiete al treinta de enero de dos mil veintitrés , descontando los días veintiuno, veintidós, veintiocho y veintinueve de enero, por ser sábados y domingos –en términos del artículo 19 de la Ley de Amparo–.
  3. En consecuencia, si el escrito de revisión se presentó en el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito el veinticuatro de enero de dos mil veintitrés , se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna.