AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4528/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4528/2022

Fecha: 08-Feb-2023

II. OPORTUNIDAD

  1. Tal como se advierte de la lectura de las constancias, la sentencia del Tribunal Colegiado dentro del expediente del juicio de amparo directo ********* le fue notificada a la parte actora-quejosa el doce de agosto de dos mil veintidós , por lo que dicha notificación surtió efectos el día hábil siguiente, es decir, el quince de agosto. Por lo tanto, el plazo establecido por el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del dieciséis al veintinueve de agosto del mismo año, sin considerar en el cómputo los días veinte, veintiuno, veintisiete y veintiocho por ser sábados y domingos e inhábiles, conforme al artículo 19 de la Ley de Amparo .
  2. Por lo tanto, si el escrito de recurso de revisión se presentó ante la Oficialía de Partes Común, con sede en Mazatlán, Sinaloa, el veintinueve de agosto de dos mil veintidós, se concluye que el recurso se interpuso de forma oportuna .