VI. DECISIÓN
- Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve:
PRIMERO. En la materia de la revisión, se revoca la sentencia de amparo recurrida.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Tribunal Colegiado de origen para los efectos precisados en esta ejecutoria.
Notifíquese con testimonio de esta ejecutoria. En su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de cuatro votos de la Señora Ministra y los Señores Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá (Ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el Ministro Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo. El Señor Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea votó en contra.
