AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1006/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1006/2023

Fecha: 23-Ago-2023

VIOLACIONES A DERECHOS FUNDAMENTALES COMETIDAS EN UN PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO. NO SON SUSCEPTIBLES DE ANALIZARSE EN AMPARO DIRECTO CUANDO OCURREN EN ETAPAS PREVIAS AL JUICIO ORAL”

Tiene aplicación el criterio de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título: “ .

    1. En la sentencia recurrida se incurrió en una incorrecta interpretación de los principios de inmediación, imparcialidad y presunción de inocencia, consagrados en los artículos 17, párrafo segundo, y 20 de la Constitución Política del país, al designar al mismo Tribunal de Enjuiciamiento para dar continuidad a las restantes audiencias que comprenderán el juicio oral.
    2. Se realizó una indebida interpretación del artículo 2, apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del país, al soslayar el derecho de acceso a la justicia de personas indígenas en favor de los recurrentes.