III. LEGITIMACIÓN
- Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el señor Persona “A” cuenta con la legitimación para interponer el recurso de revisión, pues está probado el carácter de quejoso que se le reconoció en el juicio de amparo directo, en términos del artículo 5, fracción I, de la Ley de Amparo .
