AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1061/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1061/2024

Fecha: 26-Feb-2025

REVISIONES ADHESIVAS

  1. En consecuencia, de lo antes determinado se estima que los recursos de revisión adhesiva interpuestos por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Jefe del Servicio de Administración Tributaria y la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Coahuila de Zaragoza “2”, deben declararse sin materia al ser improcedente la revisión principal, ya que dicho sentido resultó favorable a los intereses de la parte adherente, por lo que evidentemente desapareció la condición a la que estaba sujeto el interés jurídico de aquéllas para interponer la adhesión, traducido en reforzar el fallo recurrido.
  2. Al respecto resulta aplicable la jurisprudencia de esta Primera Sala de rubro: “ REVISIÓN ADHESIVA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA AL DESAPARECER LA CONDICIÓN A LA QUE SE SUJETA EL INTERÉS DEL ADHERENTE ”.

Por lo anterior, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,