RESUELVE:
PRIMERO. En la materia de la revisión, se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, en contra de la sentencia de siete de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en el expediente **********, del índice de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
TERCERO. Queda sin materia la revisión adhesiva.
Notifíquese conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se reservó su derecho a formular voto concurrente, Juan Luis González Alcántara Carrancá (ponente) y presidenta Loretta Ortiz Ahlf. Votó en contra el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien se reservó su derecho a formular voto particular. La ministra Ana Margarita Ríos Farjat estuvo impedida.
