La Autoridad Se Reservó El Acuerdo Sobre La Admisión De Las Probanzas Foja
3. El once de junio de dos mil cuatro, resolvió dicha reserva, pero al calce de la actuación, no constan las firmas del ********** y del ********** denominado ********** (fojas 30-31).
4. Desahogadas las pruebas y agotado el procedimiento, el treinta de marzo de dos mil seis, la juzgadora dictó un primer laudo (fojas 84-89).
5. Al no estar de acuerdo con el fallo, la accionante promovió en este órgano jurisdiccional, el juicio constitucional número DT. 894/2006, en cuya ejecutoria del diecinueve de octubre de dos mil seis, otorgó el amparo solicitado, para el efecto de que la responsable "... deje insubsistente el laudo reclamado y reponga el procedimiento a partir del acuerdo de fecha once de junio de dos mil cuatro, dictando otro proveído en su lugar, en el que subsane la irregularidad precisada en esta ejecutoria."
Tal determinación la sustentó, en lo conducente, en que: "... del examen a las constancias que integran el sumario relativo al juicio laboral de origen, particularmente de la simple vista del auto de once de junio de dos mil cuatro, en el que se provee sobre la reserva decretada en la fase de ofrecimiento y admisión de pruebas de la audiencia trifásica y se acordó acerca de las probanzas propuestas por los contendientes, se aprecia que la autoridad responsable vulneró el contenido del artículo 229 de la ley burocrática local, pues en tal proveído falta la firma de dos de los integrantes del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, esto es, la del ********** y del ********** denominado **********."
6. La resolutora, en acatamiento a la ejecutoria indicada, pronunció el acuerdo que se reproduce enseguida:
- Considerando
- Iii De Ofrecimiento Y Admisión De Pruebas
- Artículo La Etapa Conciliatoria Se Desarrollará En La Siguiente Forma
- Iii Concluido El Ofrecimiento De Pruebas El Tribunal Resolverá Inmediatamente Sobre Su Admisión
- La Autoridad Se Reservó El Acuerdo Sobre La Admisión De Las Probanzas Foja
- Se Suprimieron Tres Imágenes
