AMPARO DIRECTO 25/2007.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 25/2007.

Fecha: 01-Ene-1917

Considerando

CUARTO.-En el caso es innecesario transcribir la sentencia que constituye el acto reclamado y los conceptos de violación, toda vez que este Tribunal Colegiado de Circuito, en suplencia de la deficiencia de la queja, conforme lo establece el artículo 76 Bis, fracción II, de la Ley de Amparo, advierte que en la especie se cometieron violaciones durante el procedimiento, que afectan las defensas del quejoso, trascendiendo al resultado del fallo, como lo prevé el artículo 158 de la ley citada, atento a las razones jurídicas que enseguida se expondrán.