AMPARO DIRECTO 3/2007.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3/2007.

Fecha: 01-Ene-1917

Artículo También Incurrirá En La Pena Señalada En El Artículo

"...

"VII. El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o de copia, transcripción o testimonio del mismo, sea público o privado."

De la transcripción anterior, se obtiene que el tipo penal previsto en el artículo 246, fracción VII, del Código Penal Federal, contiene todos los elementos que integran el delito que se denomina como uso de documento falso, los cuales, a saber, son:

a) La existencia de una conducta consistente en una acción con la que cualquier persona (el tipo penal no requiere una calidad específica del sujeto activo);

b) A sabiendas, es decir, que tenga un conocimiento específico sobre la falsedad del documento (elemento subjetivo específico);