AMPARO DIRECTO 386/2006. JOSÉ DANIEL RUBÉN MARTÍNEZ MARTÍNEZ Y OTRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 386/2006. JOSÉ DANIEL RUBÉN MARTÍNEZ MARTÍNEZ Y OTRA.

Fecha: 01-Ene-1917

Trascienda Al Resultado Del Fallo

En el caso se satisfacen tales requisitos, porque con las documentales públicas que les fueron desechadas, los quejosos pretendían probar que el pagaré fundatorio de la acción no fue firmado a favor del actor Luis Alejandro Fuentes Gómez y que dicho título de crédito deriva de prácticas usurarias de Pablo Guadalupe Fuentes Cuéllar, lo cual evidentemente es una violación procesal que afectó sus defensas, pues estuvieron imposibilitados para desvirtuar el documento en el que el actor basó su acción; violación que trascendió al resultado del fallo, pues trajo una resolución desfavorable a los agraviados.

Asimismo, de las constancias que integran el caso a estudio, se advierte que José Daniel Rubén Martínez Martínez impugnó mediante el recurso de apelación el auto de dos de marzo de dos mil cinco, en el que se desecharon las pruebas supervenientes ofrecidas por los entonces demandados en el juicio natural; que en la sentencia dictada en dicha apelación, la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado confirmó el mencionado proveído; y que los hoy quejosos expresaron agravios en contra de dicha interlocutoria en el recurso de apelación que interpusieron en contra de la sentencia definitiva dictada en el juicio de origen.

Por tanto, debe decirse que los agraviados cumplieron con los requisitos exigidos por el artículo 161 de la Ley de Amparo, pues impugnaron el desechamiento de sus pruebas supervenientes en el curso mismo del procedimiento, mediante el recurso ordinario que la ley prevé para tal efecto -apelación-, y que como la resolución acaecida a ese recurso no les fue favorable, invocaron dicha violación como agravio en la segunda instancia.