Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 4321/99. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.
Fecha: 01-Ene-1917
Viii Los Delegados Serán Suplidos Por El Jefe De Departamento De Servicios Al Consumidor
"Artículo 16. Al frente de cada una de las delegaciones habrá un delegado, quien será nombrado y removido por el procurador, y el cual será auxiliado para el despacho de los asuntos de su competencia por los servidores públicos que determine el procurador.
"Las delegaciones no tendrán limitaciones respecto a la competencia por cuantía o por territorio de los asuntos que conozcan.
- Sextolos Conceptos De Violación Son Infundados En Diversos Aspectos E Inoperantes En Otro
- La Ley Federal De Protección Al Consumidor Establece Lo Siguiente
- Por Su Parte El Reglamento De La Procuraduría Federal Del Consumidor Dispone
- Vii Delegaciones Las Delegaciones De La Procuraduría
- Xxiv Delegaciones
- Viii Los Delegados Serán Suplidos Por El Jefe De Departamento De Servicios Al Consumidor
- Xiii Imponer Notificar Y En Su Caso Ejecutar Sanciones
- Por Otro Lado El Estatuto Orgánico De La Procuraduría Federal Del Consumidor Prevé
- Resulta Infundado El Anterior Argumento
- En Consecuencia Procede Negar El Amparo Solicitado