AMPARO DIRECTO 495/2009. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 495/2009. **********.

Fecha: 01-Ene-1917

Hecho Lo Anterior Resuelva Conforme A Derecho Proceda

En esas condiciones, siendo fundado el concepto de violación a estudio, y dados los términos en que se concede el amparo y protección de la Justicia Federal, resulta innecesario el análisis del resto de los conceptos de violación que fueron formulados.

En apoyo de lo anterior, es de invocar la tesis de jurisprudencia número 168, de la entonces Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación correspondiente a los años de 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, página 113, que establece:

"CONCEPTOS DE VIOLACIÓN, CUANDO SU ESTUDIO ES INNECESARIO.-Si el amparo que se concede por uno de los capítulos de queja, trae por consecuencia que se nulifiquen los otros actos que se reclaman, es inútil decidir sobre éstos."