Cabe Precisar Que La Ejecutoria Que Dio Origen A La Anterior Jurisprudencia En Esencia Sostuvo
"... OCTAVO.-Esta Primera Sala estima que debe prevalecer con el carácter de jurisprudencia el criterio que se sostiene en la presente ejecutoria. ... En ese tenor, las legislaciones adjetivas tanto para el Estado de Jalisco, como para el Distrito Federal, permiten la posibilidad de que el domicilio donde deba ser practicado el emplazamiento sea aquel señalado por los litigantes para tal efecto; sin que, ineludiblemente, sea donde habite o resida -casa habitación-; ya que, si bien disponen que se buscará al demandado en donde viva o en el principal asiento de sus negocios, también prevén la posibilidad de que pueda ser realizado en cualquier otro lugar o donde se le hallare; lo cual cobra sentido, en atención a que lo pretendido por el legislador fue proporcionar los medios para que el buscado (la parte demandada) tuviera un efectivo conocimiento del juicio que se entablaría en su contra, con la finalidad de no dejarlo en estado de indefensión y tutelar su garantía de audiencia.-Ahora bien, en ambas legislaciones no existe precepto alguno que prohíba la posibilidad de que el domicilio en donde deba practicarse el emplazamiento sea aquel que haya sido señalado por el propio demandado en el contrato base de la acción, cuya designación implica la voluntad que las partes decidieron externar al contraer una obligación contractual. ... Como puede observarse, una fuente de las obligaciones es el contrato; esto es, la manifestación de la voluntad plasmada en tal documento, genera desde el momento de su celebración obligaciones para cada una de los contratantes, ya que la voluntad de las partes, en materia de contratos civiles es ley. Lo anterior, cobra importancia, toda vez que los contratantes pueden válidamente, en ejercicio de sus derechos sustantivos, designar un domicilio para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del propio acto jurídico. ... El domicilio que se pacte en el documento base de la acción para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del propio contrato, no es sólo un derecho que ejerzan las partes, sino que implica, en atención a lo allí manifestado, que sea ese el lugar en donde ellas consideran que serán eficazmente localizadas. ... el emplazamiento practicado en el domicilio convencional, es válido, toda vez que las partes lo designaron en el contrato base de la acción como aquel en donde deberían ser buscados para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato mismo, que si no se cumple de manera libre y espontánea, implicaría que su exigencia se dirimiera en una contienda judicial. ... Es decir, la designación de un domicilio convencional constituye un derecho de los contratantes, el cual es de carácter eminentemente sustantivo y no adjetivo ..."
En tales condiciones al resultar fundado el concepto de violación en estudio, se impone conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal respecto del acto reclamado, para los efectos siguientes:
- Considerando
- Lo Resuelto Por La Sala Responsable Es Incorrecto Como Se Verá A Continuación
- Así Las Cosas Procede Hacer Las Siguientes Precisiones
- Cabe Precisar Que La Ejecutoria Que Dio Origen A La Anterior Jurisprudencia En Esencia Sostuvo
- A Que La Autoridad Responsable Deje Insubsistente La Resolución Combatida
- C Hecho Lo Anterior Resuelva Lo Que En Derecho Corresponda
