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    AMPARO DIRECTO 843/2005.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 843/2005.

    Fecha: 01-Ene-1917

    B De Diez A Ciento Cincuenta Días Multa

    Por otro lado, del artículo 243, fracción II, del código sustantivo penal, se advierte que, tratándose de los delitos de lesiones que tardan en sanar más de quince días, cuando es cometido dolosamente, le resulta aplicable la siguiente sanción:

    • Considerando
    • Artículo Serán Aplicables A Los Delitos Culposos Las Siguientes Reglas
    • Ii Cuando La Ley Exija Algún Requisito Previo Si Éste No Se Ha Llenado
    • B De Diez A Ciento Cincuenta Días Multa
    • B De Diez A Doscientos Días Multa

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