Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 947/2007. BEATRIZ ADRIANA GARZA SOSA.
Fecha: 14-May-1958
Informe Parte Ii Página Tercera Sala Tesis
SÉPTIMO.-Finalmente, no es inadvertido para este Tribunal Colegiado que la quejosa presentó la demanda de amparo directo con fecha siete de mayo de dos mil siete ante la autoridad responsable Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, y esta última no remitió la aludida demanda dentro del plazo de tres días a que se refiere el artículo 169 de la Ley de Amparo, sino que lo hizo hasta el seis de septiembre de ese año, según se advierte del sello de recibido de la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo de este circuito, esto es, demoró casi cuatro meses en cumplir con lo que ordena el invocado numeral.
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- En Otra Vertiente Se Surte Diversa Violación Por Lo Siguiente
- Emplace Como Codemandado Al Instituto Mexicano Del Seguro Social
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