Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 345/2006. JUAN HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ.
Fecha: 12-Mar-1973
Notifíquese
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, integrado por los Magistrados Daniel Cabello González, Enrique Cerdán Lira y José Luis Torres Lagunas, siendo ponente el segundo de los nombrados.
- Quinto Son Infundados Los Conceptos De Violación
- Los Incrementos Previstos En Este Artículo Se Aplicarán A Partir Del O De Abril De
- Sección Cuarta Del Seguro De Cesantía En Edad Avanzada
- Sección Tercera Del Ramo De Vejez
- Que En Caso De Duda Debe Prevalecer La Interpretación Más Favorable Al Trabajador
- Notifíquese