Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
UNICO. La Justicia de la Unión NO AMPARA NI PROTEGE a YOLANDA PEÑA en contra del acto y autoridad responsable que quedaron precisados en el resultando primero de este fallo.
NOTIFIQUESE, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al juzgado de su procedencia y en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, por unanimidad de votos de los CC. Magistrados, presidenta licenciada Ma. del Carmen Sánchez Hidalgo, licenciado José Angel Mandujano Gordillo y licenciado Fernando Narváez Barker, siendo relator la primera de los nombrados.
