Yolanda Peña Promovió Amparo Directo Materia De Este Estudio
QUINTO. Argumenta la quejosa que la autoridad responsable declaró desierta la prueba testimonial y cerró la etapa de ofrecimiento antes de que feneciera el término extraordinario de pruebas solicitado y por lo tanto no tuvo los elementos para mejor proveer.
El anterior argumento constituye una violación procesal a las leyes del procedimiento previsto en el artículo 159 fracción III y IX, de la Ley de Amparo y procede su análisis y estudio a través del presente juicio de garantías en términos del mismo numeral.
