AMPARO DIRECTO 445/2007. LUISA LÓPEZ HERNÁNDEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 445/2007. LUISA LÓPEZ HERNÁNDEZ.

Fecha: 15-Ene-1988

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

PRIMERO.-Este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito carece de competencia legal para conocer de la demanda de amparo promovida por Luisa López Hernández, contra el acto reclamado consistente en el acuerdo de tres de abril de dos mil siete que desechó el recurso de reclamación interpuesto en contra del proveído que desechó la demanda de nulidad en cumplimiento a una sentencia interlocutoria que revocó el auto admisorio de demanda, dentro del juicio contencioso administrativo número 6495/06-12-01-2.

SEGUNDO.-Previo expedientillo que se forme, con las constancias correspondientes que se obtengan en copia certificada, remítanse este expediente de amparo y sus anexos al Juez de Distrito en turno en el Estado de Puebla, para que proceda conforme a sus atribuciones legales.

Notifíquese; regístrese con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito por mayoría de votos de los Magistrados Jaime Raúl Oropeza García y Enrique Zayas Roldán, contra el voto particular del Magistrado presidente Manuel Rojas Fonseca, bajo la ponencia del primero de los nombrados.