AMPARO DIRECTO 542/2009. JUAN JOSÉ BANDA ANDRADE.
Fecha: 03-Sep-2003
Proceda A Reponer El Procedimiento A Fin De Que
2.1. Previamente a la emisión del laudo, señale día y hora para que tenga verificativo la reinstalación del actor y lleve a cabo dicha diligencia, salvo por causas imputables a las partes.
2.2. Ordene de nueva cuenta el desahogo de la prueba de cotejo ofrecida por la demandada, en la cual el actuario procederá conforme a los términos ordenados para su desahogo, empero en el acta que llegue a levantar deberá recabar la firma de la persona con quien entienda la diligencia respectiva o, bien, asiente razón por la cual dicha persona se niegue a firmarla.
Dado el sentido de la presente resolución, es innecesario el estudio de los conceptos de violación que ve al fondo del asunto, en atención a la jurisprudencia número 107, cuyos datos de localización, rubro y texto son los siguientes:
- Considerando
- Por Su Parte La Junta Fue Omisa En Proveer Acerca De Fijar Fecha Para La Reinstalación
- Página
- El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo Establece
- Segundo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Cuarto Circuito
- Tercer Tribunal Colegiado Del Cuarto Circuito
- Proceda A Reponer El Procedimiento A Fin De Que
- Séptima Época
- Informe Parte Ii Página Tercera Sala Tesis
- Sexto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito