AMPARO DIRECTO 220/2006. 24 DE AGOSTO DE 2006. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO JAVIER CÁRDENAS RAMÍREZ. SECRETARIO: ALEJANDRO ANDRACA CARRERA.
Fecha: 24-Ago-2006
La Sentencia Referida Anteriormente Constituye El Acto Reclamado En El Presente Juicio De Garantías
Precisado lo anterior, en el primer concepto de violación (fojas 9 a 13), el quejoso sostiene que la sentencia reclamada es violatoria de garantías, en razón de que como se precisó en la demanda de nulidad, la autoridad tributaria pretende hacer efectivo el cobro del crédito fiscal **********, sin considerar que el importe de éste ha sido liquidado en su totalidad con los cincuenta y ocho pagos efectuados por el contribuyente en las fechas comprendidas del cinco de septiembre de mil novecientos noventa y siete, al veintisiete de noviembre de dos mil dos.
Por ello, sostiene el impetrante que la Sala responsable soslayó las consideraciones sostenidas por este Tribunal Colegiado en la revisión fiscal dictada con antelación a la sentencia reclamada, en la que se determinó que la Sala debía dilucidar si efectivamente con los pagos efectuados por el contribuyente se cubrió el crédito fiscal de referencia, o bien, si dichos pagos fueron tomados en consideración por la autoridad y a pesar de ello el ahora quejoso resultó con un saldo en contra.
En consecuencia, refiere el peticionario de garantías que la sentencia reclamada es ilegal porque la Sala omitió resolver sobre el fondo del asunto y soslayó la litis efectivamente planteada en el juicio de origen, por lo que lo procedente era que la responsable declarara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada; máxime que los pagos efectuados a cuenta del crédito fiscal **********, tienen pleno valor probatorio al hacerse constar en los recibos oficiales expedidos para tal efecto, y sin que se le pueda obligar al contribuyente a realizar una doble tributación de un crédito ya cubierto.
- Quinto Deben Desestimarse Los Conceptos De Violación Hechos Valer
- La Sentencia Referida Anteriormente Constituye El Acto Reclamado En El Presente Juicio De Garantías
- Son Infundados Los Argumentos Anteriores
- El Aludido Primer Concepto De Anulación De La Demanda Fiscal Es Del Tenor Literal Siguiente
- B Para Efectos
- D En Términos De Lo Establecido En La Parte Final Del Artículo Del Código Invocado
- Tales Preceptos Legales Establecen Lo Siguiente