AMPARO DIRECTO 312/2013. 22 DE MAYO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GUILLERMO VÁZQUEZ MARTÍNEZ. SECRETARIA: NOHELIA JUÁREZ SALINAS.
Fecha: 22-May-2013
Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
"Amparo en revisión (improcedencia) 24/2000. Raúl Delgado Ortiz y otro. 2 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretaria: Luz Irene Rodríguez Torres.
"Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, enero de 1996, página 124, tesis I.4o.C. J/5, de rubro: ‘COPIAS FOTOSTÁTICAS. HACEN PRUEBA PLENA CONTRA SU OFERENTE.’"
Ciertamente, en el laudo reclamado la Junta consideró arrojarle la carga de la prueba a la actora, al tratarse de una prestación extralegal, y es que la cláusula primera del contrato colectivo de trabajo, así como la cláusula tercera transitoria del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, integrador del mismo, establecen:
"1a. El presente contrato deja sin efectos los anteriores y sólo subsistirán los pactos suscritos por las partes con anterioridad, en lo relativo a prestaciones que sean superiores a las que establece este contrato."
"3o. Cuando los pensionados o jubilados con anterioridad a la vigencia del presente régimen cumplan cinco años con ese carácter el instituto les entregará anualmente y en el mes en que alcancen dicha antigüedad, una cantidad equivalente a un mes del monto de la jubilación o pensión otorgada. Cuando los pensionados o jubilados cumplan diez años de antigüedad con tal carácter, se les entregará anualmente una cantidad equivalente a dos meses del monto de la jubilación o pensión otorgada, precisamente en el mes en que alcancen esta antigüedad. Cuando los pensionados o jubilados cumplan quince años de antigüedad con tal carácter, se les entregará anualmente una cantidad equivalente a tres meses del monto de la jubilación o pensión otorgada, precisamente en el mes en que alcancen esta antigüedad."
Respecto a la carga de la prueba, tratándose de prestaciones extralegales, cobra aplicación la siguiente tesis:
- Séptimo Son Infundados Los Conceptos De Violación Formulados
- No Asiste Razón En Lo Así Aducido
- Apéndice Tomo V Primera Parte Tesis Página
- Séptima Época Quinta Parte
- Página
- Primer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
- Informe Segunda Parte Cuarta Sala Tesis Página
- Décimo Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Primer Circuito