AMPARO DIRECTO 495/2013. 10 DE OCTUBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. PONENTE: GONZALO HERNÁNDEZ CERVANTES. SECRETARIA: ROCÍO ALMOGABAR SANTOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 495/2013. 10 DE OCTUBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARÍA CONCEPCIÓN ALONSO FLORES. PONENTE: GONZALO HERNÁNDEZ CERVANTES. SECRETARIA: ROCÍO ALMOGABAR SANTOS.

Fecha: 10-Ene-2014

Por Lo Expuesto Fundado Y Con Apoyo En Los Artículos A De La Ley De Amparo Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el acto que reclamó del Juez Décimo Tercero de lo Civil de Proceso Oral en el Distrito Federal, que hizo consistir en la sentencia definitiva de diecisiete de junio de dos mil trece, dictada en los autos del expediente 31/2013, relativo al juicio oral mercantil seguido por ********** en contra de **********. El amparo se concede para los efectos precisados en el último considerando de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos originales a la autoridad responsable que los remitió y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así, lo resolvió el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, por mayoría de votos de los Magistrados Ana María Serrano Oseguera y Gonzalo Hernández Cervantes contra el voto particular que hace la Magistrada María Concepción Alonso Flores respecto del juicio de amparo directo *********** siendo ponente el segundo de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 3, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.