AMPARO DIRECTO 274/2015. 3 DE SEPTIEMBRE DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: EZEQUIEL NERI OSORIO. SECRETARIO: EDUARDO CASTILLO ROBLES.
Fecha: 23-Oct-2015
Xxi Cuando Hayan Cesado Los Efectos Del Acto Reclamado
En efecto, este órgano colegiado, en sesión celebrada en esta fecha, pronunció ejecutoria en el juicio de amparo directo número ********** (con el que guarda relación este amparo), promovido por **********, por sí y en representación de su hijo menor, contra la sentencia pronunciada el veintisiete de febrero de dos mil quince por la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, en el toca número **********, la cual constituye el acto reclamado en este juicio de amparo; ejecutoria en la que se concedió el amparo solicitado para el efecto siguiente:
"...Con base en todo lo expuesto, este órgano colegiado en suplencia de la queja en favor del menor, involucrado en la contienda de origen, concluye que debe concederse a éste el amparo y la protección solicitados para los siguientes efectos:
- Considerando
- Xxi Cuando Hayan Cesado Los Efectos Del Acto Reclamado
- A La Autoridad Responsable Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada Y
- Página
- I Contenido Y Finalidad Del Artículo Segundo Párrafo De La Ley De Amparo
- Iii Inaplicabilidad De Ese Precepto Como Excepción En Juicios De Amparo
- Tesis Viioc K A