AMPARO DIRECTO 14/2015. 8 DE JUNIO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARMANDO CRUZ ESPINOSA. SECRETARIA: ANA COLUMBA CONTRERAS MARTÍNEZ.
Fecha: 04-Dic-2015
Iii Contra Actos O Resoluciones Del Propio Tribunal
"IV. Contra actos o resoluciones que sean materia de otro juicio o medio de defensa pendiente de resolución, promovido por el mismo actor, contra las mismas autoridades y el mismo acto administrativo, aunque las violaciones reclamadas sean distintas;
"V. Contra actos o resoluciones que hayan sido juzgados en otro juicio o medio de defensa, en los términos de la fracción anterior;
"VI. Contra actos o resoluciones que no afecten los intereses legítimos del actor, que se hayan consumado de un modo irreparable o que hayan sido consentidos expresa o tácitamente, entendiéndose por estos últimos aquellos contra los que no se promovió el juicio dentro de los plazos señalados por esta ley;
"VII. Contra reglamentos, circulares o disposiciones de carácter general, que no hayan sido aplicados concretamente al promovente;
"VIII. Cuando de las constancias de autos apareciere fehacientemente que no existen las resoluciones o actos que se pretenden impugnar;
"IX. Cuando hubieren cesado los efectos de los actos o resoluciones impugnados, o no pudieren producirse por haber desaparecido el objeto del mismo;
"X. Contra actos o resoluciones que deban ser revisados de oficio por las autoridades administrativas del Distrito Federal, y dentro del plazo legal establecido para tal efecto; y
- Considerando
- B Una Obligación Correlativa Traducida En El Deber Jurídico De Cumplir Dicha Exigencia
- Iii Contra Actos O Resoluciones Del Propio Tribunal
- Xi En Los Demás Casos En Que La Improcedencia Esté Establecida En Algún Otro Precepto De Esta Ley
- Orden De Visita De Verificación
- Acta De Visita De Verificación
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve