Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 91/2016. 16 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JESÚS R. SANDOVAL PINZÓN. SECRETARIO: JESÚS ROSALES IBARRA.
Fecha: 14-Oct-2016
I De La Integridad Dignidad Y Preferencia
"a. A una vida con calidad. Es obligación de las instituciones públicas, de la comunidad, de la familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto posibilitar el ejercicio de este derecho.
"b. Al disfrute pleno, sin discriminación ni distinción alguna, de los derechos que ésta y otras leyes consagran.
- Considerando
- Como Se Adelantó Dichos Motivos De Disenso Resultan Ineficaces
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- I De La Integridad Dignidad Y Preferencia
- E A La Protección Contra Toda Forma De Explotación
- Ii De La Certeza Jurídica
- Iii De La Salud La Alimentación Y La Familia
- Iv De La Educación
- V Del Trabajo
- Vi De La Asistencia Social
- B A Ser Sujetos De Programas Para Contar Con Una Vivienda Digna Y Adaptada A Sus Necesidades
- Vii De La Participación
- Viii De La Denuncia Popular
- Ix Del Acceso A Los Servicios
- Artículo Protección De Los Ancianos