AMPARO DIRECTO 1113/2015. 12 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO SOSA ORTIZ. SECRETARIO: CARLOS DÍAZ CRUZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1113/2015. 12 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO SOSA ORTIZ. SECRETARIO: CARLOS DÍAZ CRUZ.

Fecha: 10-Jun-2016

En Similares Términos Se Resolvió El Amparo Directo Dt

En consecuencia, al resultar inoperantes los conceptos de violación, lo procedente es negar el amparo solicitado.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 107, fracción V, inciso d), de la Constitución General de la República; 73, 74 y 75 de la Ley de Amparo vigente; 35, primer párrafo y 37, fracción I, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve:

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ********** y ********** beneficiarios del trabajador fallecido ********** contra el acto y autoridad precisados en el resultando primero de esta sentencia.

Notifíquese, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el toca.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, que integran los Magistrados, presidente Arturo García Torres, Alejandro Sosa Ortiz y Miguel Ángel Ramos Pérez, siendo ponente el segundo de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 8, 13, 14, 18 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.