Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 108/2016. 4 DE MAYO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: PEDRO FERNANDO REYES COLÍN. SECRETARIO: HOMERO ENRIQUE CANO REED.
Fecha: 08-Jul-2016
Segundo La Parte Actora No Probó Su Pretensión En Consecuencia
"Tercero. Se reconoce la validez de la resolución controvertida, la cual quedó precisada en el resultando primero de este fallo.
"Cuarto. Gírese atento oficio al Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito en esta ciudad, en vía de cumplimiento de la ejecutoria pronunciada el 13 de enero de 2016, en el juicio de amparo directo número 592/2015.
- Quintolos Conceptos De Violación Que Se Hacen Valer Resultan Infundados Según Se Expondrá
- Primero La Parte Actora No Probó Su Pretensión En Consecuencia
- Tercero Notifíquese
- Notifíquese
- Segundo La Parte Actora No Probó Su Pretensión En Consecuencia
- Quinto Notifíquese
- El Artículo Último Párrafo Del Código Fiscal De La Federación A La Letra Establece