AMPARO DIRECTO 368/2015. 3 DE MARZO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: MIGUEL ÁNGEL CANTÚ CISNEROS. ENCARGADO DEL ENGROSE: JESÚS R. SANDOVAL PINZÓN. SECRETARIO: PEDRO GERARDO ÁLVAREZ ÁLVAREZ DEL CASTILLO.
Fecha: 12-Ago-2016
Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra el acto que reclamaron de la Segunda Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, precisado en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese personalmente a los quejosos y, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos relativos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así, por mayoría de votos, lo resolvió este Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, que integran los Magistrados Jorge Meza Pérez y Jesús R. Sandoval Pinzón, en contra del voto particular que formula el Magistrado Miguel Ángel Cantú Cisneros; siendo encargado del engrose y presidente el segundo de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 18, fracción II y 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en los diversos 23, 24, fracción VI y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Sextolos Conceptos De Violación Son Ineficaces De Acuerdo Con Las Consideraciones Siguientes
- Expuesto Lo Anterior Se Estima Que El Motivo De Disenso En Estudio Es Infundado
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- La Existencia De Un Recurso Judicial Efectivo Contra Actos Que Violen Derechos Fundamentales
- El Desarrollo De Las Posibilidades Del Recurso Judicial
- Admitan O Rechacen La Intervención Del Tercero
- Los Motivos De Disenso De Previa Síntesis Resultan Ineficaces
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Se Resuelve