AMPARO DIRECTO 757/2016. 15 DE DICIEMBRE DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.
Fecha: 09-Mar-2018
Quintolos Conceptos De Violación Son Infundados Unos E Inoperantes Otros
La quejosa promovió juicio oral mercantil demandando el cumplimiento forzoso del contrato de apertura de crédito simple que celebró con el demandado el siete de octubre de dos mil trece.
En concepto de suerte principal, reclamó el monto de $53,290.18 (cincuenta y tres mil doscientos noventa pesos 18/100 moneda nacional), así como diversas cantidades en concepto de intereses ordinarios, intereses moratorios y su respectivo impuesto al valor agregado.
En el hecho siete de la demanda, la actora narró que en la cláusula vigésima, inciso c), del contrato y del desglose de pagos efectuados por el demandado, reflejados en el estado de cuenta que acompañó, se desprende que el primer incumplimiento de pago de su contrario fue el siete de septiembre de dos mil catorce, al no realizar el pago correspondiente a esa mensualidad; sin que obstara que hubiere realizado pagos posteriores, toda vez que del estado de cuenta se advertía que no pagó conforme a lo pactado, siendo una de las causas de vencimiento anticipado.
Afirmó que ese hecho tenía relación con el contrato celebrado por las partes, integrado con la carátula del contrato de apertura de crédito simple para la adquisición de bienes de consumo duradero, la tabla de amortización del crédito, y por el estado de cuenta, los cuales exhibió con la demanda.
El Juez del conocimiento desechó la demanda al considerar que la vía que eligió el promovente no encuadraba dentro de los supuestos que contempla el procedimiento oral, pues estimó que el documento basal constituye un título ejecutivo, y que ello imposibilitaba darle trámite en la vía propuesta.
Señaló el juzgador que un estado de cuenta certificado por el contador de una organización auxiliar de crédito es título ejecutivo junto con el contrato respectivo o póliza en que conste el crédito otorgado, si en él se precisa la identificación del crédito celebrado entre las partes, la cantidad a la que ascendió y la fecha hasta la que se calculó el adeudo.
Precisó también que constituía título ejecutivo conforme al artículo 87-F de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y en términos de lo pactado por las partes en la cláusula vigésima primera del contrato de apertura de crédito, por lo que desechó la demanda y ordenó la devolución de los anexos, reservando el derecho de la actora para que los hiciera valer en la vía prevista por la ley.
Ahora bien, para controvertir esas consideraciones, la ahora quejosa afirma que se infringe la garantía de legalidad, pues el Juez responsable prejuzga respecto de los documentos que exhibió.
Asimismo, aduce que no encuadra en el supuesto que citó el Juez del conocimiento, conforme al artículo 87-F de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, pues si bien ese precepto establece que el contrato en que se haga constar el crédito junto con el estado de cuenta constituye título ejecutivo, en el caso, afirma, no se anexó la certificación que la legislación exige para que sea considerado un certificado contable.
Sostiene que el estado de cuenta no es un certificado contable porque no se exhibe la certificación correspondiente, y que un contador público no puede certificar sus propios documentos al no contar con fe pública.
Lo anterior es infundado pues, contrario a lo que aduce, de los documentos que acompañó a la demanda se advierte que, como sostuvo el Juez del conocimiento, adjuntó el contrato de crédito y el certificado contable emitido por el contador público autorizado por la sociedad financiera actora.
- Quintolos Conceptos De Violación Son Infundados Unos E Inoperantes Otros
- Al Efecto Se Reproduce De Manera Electrónica El Referido Documento
- Los Preceptos Citados Son Del Tenor Siguiente
- Traen Aparejada Ejecución
- V Se Deroga
- Lo Anterior Deviene Inoperante En Un Aspecto E Infundado En Otro
- La Referida Cláusula Es Del Tenor Siguiente