Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 775/2018. 27 DE JUNIO DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE Y PONENTE: EZEQUIEL NERI OSORIO. ENCARGADO DEL ENGROSE: ISIDRO PEDRO ALCÁNTARA VALDÉS. SECRETARIA: MARCELA MAGAÑA PÉREZ.
Fecha: 11-Oct-2019
La Autoridad Responsable Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
2. En reasunción de jurisdicción analice la acción en reconvención efectivamente planteada por el quejoso.
Dado el sentido de la presente ejecutoria, resulta innecesario el estudio de los restantes conceptos de violación.
Finalmente, con apoyo en lo dispuesto por los artículos 278 y 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su artículo 2o., deberá entregarse copia autorizada de esta sentencia a la parte que lo solicite y se encuentre autorizada para ello, previa razón actuarial.
- Considerando
- Tales Argumentos Consisten En Síntesis En Lo Siguiente
- Página
- Ahora Bien A Foja Trece De Su Escrito De Apelación En Lo Que Aquí Interesa El Quejoso Hizo Valer
- Fuente Gaceta Del Semanario Judicial De La Federación
- Reformado Go De Enero De
- La Autoridad Responsable Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- Por Lo Expuesto Y Fundado Este Tribunal Colegiado
- Ibídem P