AMPARO DIRECTO 156/2020. 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FRANCISCO ESTEBAN GONZÁLEZ CHÁVEZ. SECRETARIA: BEATRIZ ROJAS MÉNDEZ.
Fecha: 12-Feb-2021
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, por conducto de su apoderado, contra el laudo dictado el treinta de octubre de dos mil diecinueve, por la Junta Especial Número Tres de las que integran la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, en el expediente laboral **********.
Toda vez que ya concluyó el periodo de contingencia decretado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, mediante Acuerdo General 8/2020, en cumplimiento a lo dispuesto por su artículo 11, fracción I, se firma el engrose y se instruye notificar a las partes como corresponda, publíquese y anótese en el libro de gobierno; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos originales a la autoridad responsable y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
Así, por unanimidad de votos de los señores magistrados Miguel Mendoza Montes (presidente), Francisco Esteban González Chávez (ponente) y José Ybraín Hernández Lima; lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito en sesión ordinaria celebrada de manera remota a través de la plataforma virtual Webex, de conformidad con los lineamientos establecidos por el artículo 29 del Acuerdo General 8/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19,(7) siendo relator el segundo de los nombrados.
En términos de lo dispuesto en los artículos 110 y 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 54, 55, 56, 57, 58 y demás relativos del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales y archivos, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: El Acuerdo General 8/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19 citado en esta ejecutoria, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de agosto de 2020 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 77, Tomo VII, agosto de 2020, página 6516, con número de registro digital: 5487.
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