AMPARO DIRECTO 118/2021. 6 DE ENERO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO GÓMEZ SÁNCHEZ. SECRETARIO: FERNANDO EMMANUELLE ORTIZ SÁNCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 118/2021. 6 DE ENERO DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALEJANDRO GÓMEZ SÁNCHEZ. SECRETARIO: FERNANDO EMMANUELLE ORTIZ SÁNCHEZ.

Fecha: 29-Abr-2022

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO.—La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra los actos y autoridades precisados en el resultando único de esta ejecutoria, para los efectos indicados en la parte final del presente fallo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos a la responsable, y requiérasele para que, en el plazo indicado en esta ejecutoria, dé cumplimiento a la misma; háganse las anotaciones en el libro de gobierno; en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados José Alfonso Montalvo Martínez (presidente), Alejandro Gómez Sánchez (ponente) y Mario Ariel Acevedo Cedillo.

En términos de lo previsto en los artículos 73, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 3 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.

Nota: La tesis de jurisprudencia P./J. 39/2014 (10a.) citada en esta sentencia, también aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 6 de junio de 2014 a las 12:30 horas.

La tesis de jurisprudencia PC.I.P. J/42 P (10a.) citada en esta sentencia, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 13 de abril de 2018 a las 10:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 53, Tomo II, abril de 2018, página 1467.

La ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 366/2013 citada en esta sentencia, aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo I, agosto de 2014, página 62, con número de registro digital: 25194.