CONTRATO DE PRÉSTAMO CONTROVERTIBLE NO COMPROMETIDO GARANTIZADO [26]
2.01 Préstamo no comprometido. Mediante la celebración de este Contrato de Préstamo, el Prestamista puede, de ves (sic) en cuando y completamente a su propia discreción (sin tener la obligación de) extender uno o más Anticipos al Prestatario durante el Periodo de Disponibilidad del Préstamo por una suerte principal global no superior a los USD $********** (********** de Dólares) (la “ Cantidad Total”). Los importes que se reembolsen por conceptos de Anticipos no podrán volverse a adquirir en préstamo.
c. Por virtud de dicho contrato, ********** estableció un crédito no comprometido en favor de **********, conforme al cual, el prestamista podrá extender préstamos al prestatario hasta por el monto de la suerte principal global.
d. Para ello, los accionistas de ********** celebraron una asamblea general en la que se autorizó la celebración y el otorgamiento por parte del prestatario y de los accionistas de los documentos del préstamo. Tales documentos del préstamo son los contratos accesorios llamados Contratos de Prenda No Posesoria y el Contrato de Opción de Compra de Valores .
- Ahora, en el contrato de opción , en lo que interesa, se pactó lo siguiente:
- Encabezado
- COLABORÓ: MARÍA SOLANGE ESTRADA MAQUEO
- CONTRATOS. SE AFECTAN DE NULIDAD RELATIVA CUANDO SON CELEBRADOS POR FALSO REPRESENTANTE O TRASPASANDO LOS LÍMITES DEL PODER CONFERIDO, SIN QUE SE RATIFIQUE POR EL MANDANTE.
- CÓDIGO DE COMERCIO
- CÓDIGO CIVIL FEDERAL
- LIBERTAD CONTRACTUAL EN MATERIA MERCANTIL. SU CONTENIDO Y ALCANCE (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 78 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
- CONTRATOS MERCANTILES. SON NULAS LAS CLÁUSULAS TANTO LAS CONTRARIAS AL PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE LAS PARTES, COMO AQUELLAS EN LAS QUE SU CUMPLIMIENTO QUEDA AL ARBITRIO DE UNO DE LOS CONTRATANTES.
- CONTRATO DE PRÉSTAMO CONTROVERTIBLE NO COMPROMETIDO GARANTIZADO [26]
- CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA DE VALORES
- RESUELVE
