AMPARO DIRECTO 3/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3/2024

Fecha: 05-Jun-2024

CONTRATO DE PRÉSTAMO CONTROVERTIBLE NO COMPROMETIDO GARANTIZADO [26]

2.01 Préstamo no comprometido. Mediante la celebración de este Contrato de Préstamo, el Prestamista puede, de ves (sic) en cuando y completamente a su propia discreción (sin tener la obligación de) extender uno o más Anticipos al Prestatario durante el Periodo de Disponibilidad del Préstamo por una suerte principal global no superior a los USD $********** (********** de Dólares) (la “ Cantidad Total”). Los importes que se reembolsen por conceptos de Anticipos no podrán volverse a adquirir en préstamo.

c. Por virtud de dicho contrato, ********** estableció un crédito no comprometido en favor de **********, conforme al cual, el prestamista podrá extender préstamos al prestatario hasta por el monto de la suerte principal global.

d. Para ello, los accionistas de ********** celebraron una asamblea general en la que se autorizó la celebración y el otorgamiento por parte del prestatario y de los accionistas de los documentos del préstamo. Tales documentos del préstamo son los contratos accesorios llamados Contratos de Prenda No Posesoria y el Contrato de Opción de Compra de Valores .

  1. Ahora, en el contrato de opción , en lo que interesa, se pactó lo siguiente: