Encabezado
QUEJOSO Y RECURRENTE: PERSONA “A”
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIO: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA
Colaborador: Víctor Antonio García Zermeño
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El ministerio público solicitó la intervención de comunicaciones de una persona por virtud de una denuncia anónima que reportó a una banda dedicada al secuestro, homicidio, extorsión y venta de droga. Un Juez Especializado concedió la solicitud. En la denuncia se aportaron diversos datos, entre ellos, el número telefónico de la persona cuyas comunicaciones se intervinieron.
La persona en mención fue conducida al proceso por medio de una orden de aprehensión. En audiencia inicial se vinculó a proceso al imputado y se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva justificada. Inconforme, el quejoso promovió un juicio de amparo indirecto en el que reclamó la medida cautelar y le fue concedido el amparo para que se problematizara su imposición, por lo que se reiteró la fijación de esa medida.
En desacuerdo con la imposición de la medida cautelar, el imputado promovió un juicio de amparo indirecto en el que reclamó la inconstitucionalidad de las fracciones I y V, del artículo 168, del Código Nacional de Procedimientos Penales en que se basó la imposición de la medida, pero le fue negada la protección constitucional.
Seguido el proceso de amparo en el que se resolvieron diversas sentencias, finalmente el Tribunal Colegiado del conocimiento remitió los autos a esta Suprema Corte para resolver sobre el problema de constitucionalidad.
Posteriormente al recurrente le fue modificada la medida cautelar a las diversas consistentes en la presentación periódica y una garantía económica, a partir de lo cual el quejoso goza de libertad.
Esta determinación de cambio de medida fue apelada por el Ministerio Público y revocada en el recurso de apelación.
En desacuerdo, el quejoso promovió un juicio de amparo indirecto en el que reclamó la resolución de segunda instancia, en donde se concedió la suspensión definitiva al quejoso, quien continúa el procedimiento en libertad.
AMPARO EN REVISIÓN 57/2024
QUEJOSO Y RECURRENTE: PERSONA “A”
VISTO BUENO
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
COTEJÓ
SECRETARIO: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA
Colaboró: Víctor Antonio García Zermeño
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al nueve de octubre de dos mil veinticuatro , emite la siguiente:
