V. DECISIÓN
- Al haber cesado en sus efectos la medida cautelar de prisión preventiva justificada y en consecuencia las normas cuya inconstitucionalidad se impugnó en el juicio de amparo , al modificarse esa medida y al haberse impuesto otras al señor Persona “A” en la causa penal de origen, a partir de las cuales recuperó su libertad, se actualiza una causa de improcedencia que produce el sobreseimiento del juicio de amparo , el cual debe hacerse extensivo a las fracciones I y V, del artículo 168, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Por ello, con apoyo en los artículos 61, fracción XXI, y 63, fracción V, de la Ley de Amparo se revoca la sentencia recurrida, y se decreta el sobreseimiento del juicio de amparo .
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se
