AMPARO EN REVISIÓN 592/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 592/2024

Fecha: 05-Mar-2025

VII. RESERVA DE JURISDICCIÓN

  1. Se reserva jurisdicción al Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, a fin de que se pronuncie sobre la resolución reclamada; y, en su caso, de subsistir, sobre cualquier cuestión de legalidad pendiente de estudio.