CONFLICTO COMPETENCIAL 47/2022. SUSCITADO ENTRE EL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y EL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL, AMBOS EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. 6 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MAGISTRA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO COMPETENCIAL 47/2022. SUSCITADO ENTRE EL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y EL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA PENAL, AMBOS EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. 6 DE OCTUBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MAGISTRA

Fecha: 20-Ene-2023

Artículo Será Deportado Del Territorio Nacional El Extranjero Presentado Que

"I. Se haya internado al país sin la documentación requerida o por un lugar no autorizado para el tránsito internacional de personas;

"...

"En todos estos casos, el instituto determinará el periodo durante el cual el extranjero deportado no deberá reingresar al país, conforme a lo establecido en el reglamento. Durante dicho periodo, sólo podrá ser readmitido por acuerdo expreso de la secretaría.

"En el supuesto de que el extranjero, por sus antecedentes en los Estados Unidos Mexicanos o en el extranjero, pudiera comprometer la soberanía nacional, la seguridad nacional o la seguridad pública, la deportación será definitiva."

12. Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México, Doc. 48/13, 30 de diciembre de 2013.

13. COIDH. Caso Baena Ricardo y otros Vs. Panamá. Sentencia de 2 de febrero de 2001. Fondo, reparaciones y costas. Párrafo 106. Disponible en https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_72_esp.pdf.

14. "Principio 4. Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a la información y las notificaciones legales en el momento oportuno y de manera accesible en igualdad de condiciones con las demás."

15. "Principio 5. Las personas con discapacidad tienen derecho a todas las salvaguardias sustantivas y de procedimiento reconocidas en el derecho internacional en igualdad de condiciones con las demás y los Estados deben realizar los ajustes necesarios para garantizar el debido proceso."

16. "Principio 7. Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en la administración de justicia en igualdad de condiciones con las demás. Principio (sic)."