Suprema Corte de Justicia de la Nación CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 262/2023
Fecha: 06-Dic-2023
I. COMPETENCIA
- Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente contradicción de criterios en términos de los artículos 107, fracción XIII, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , 226, fracción II, de la Ley de Amparo y 21, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación , así como en los puntos primero, tercero y segundo transitorio del Acuerdo General 1/2023 modificado por instrumento de diez de abril de dos mil veintitrés, toda vez que los órganos contendientes están constituidos por un extinto pleno de circuito y un tribunal colegiado de diferente circuito, quienes se pronunciaron sobre un tema relativo a la materia administrativa.
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