R E S O L U C I Ó N
Mediante la cual se falla la contradicción de criterios suscitada entre el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito y el extinto Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito.
El problema jurídico para resolver por esta Segunda Sala es determinar si existe oposición de criterios entre las posturas adoptadas por los órganos colegiados contendientes, considerando que ambos se pronunciaron sobre la procedencia del juicio de amparo contra actos dictados durante la etapa de cumplimiento de la sentencia emitida en el juicio administrativo.
