Suprema Corte de Justicia de la Nación
DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD 3/2017. PLENO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO. 9 DE ENERO DE 2020. UNANIMIDAD DE DIEZ VOTOS DE LOS MINISTROS ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, YASMÍN ESQUIVEL MOSSA,
Fecha: 09-Abr-2021
Además Se Precisó Que
"... las declaraciones de invalidez decretadas en el fallo, así como sus efectos, se surtirán a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Poder Legislativo del Estado de Nuevo León."
16. Con las transcripciones anteriores, se corrobora que las porciones normativas "un solo hombre y una sola mujer" y "perpetuar la especie", contenidas en el artículo 147 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, fueron declaradas inválidas por este Tribunal Pleno, al resolver un medio de control de constitucionalidad diverso y, en consecuencia, no es posible efectuar una declaratoria de inconstitucionalidad respecto de porciones normativas que ya no forman parte del sistema jurídico mexicano, por ende, debe declararse sin materia la presente declaratoria general de inconstitucionalidad.