DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2016. PLENO DEL DECIMOPRIMER CIRCUITO. 27 DE FEBRERO DE 2017. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: DOLORES RUEDA AGUILAR.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2016. PLENO DEL DECIMOPRIMER CIRCUITO. 27 DE FEBRERO DE 2017. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIA: DOLORES RUEDA AGUILAR.

Fecha: 17-Sep-2021

V Decisión

28. Por todo lo anterior, la presente declaratoria general de inconstitucionalidad ha quedado sin materia, toda vez que, incluso antes del inicio del plazo de noventa días naturales siguientes al en que se notificó al coordinador de Contraloría del Gobierno del Estado de Michoacán la jurisprudencia del Primer Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, que declara la inconstitucionalidad del artículo 4o. de los Lineamientos para la Recepción, Registro, Control, Resguardo y Seguimiento de las Declaraciones de Situación Patrimonial, entró en vigor la reforma por virtud de la cual se modificó sustancialmente el citado numeral.