DECLARATORIA GENERAL DE INCONSTITUCIONALIDAD 6/2017. SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 14 DE FEBRERO DE 2019. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIO: SALVADOR ALVARADO LÓPEZ.
Fecha: 17-Sep-2021
Resultando
ÚNICO.—Mediante oficio 305/2017, recibido el trece de noviembre de dos mil diecisiete, el Ministro Eduardo Medina Mora I. comunicó al presidente de esta Suprema Corte –con fundamento en el punto segundo del Acuerdo General Plenario Número 15/2013, de veintitrés de septiembre de dos mil trece– que en sesión de veinticinco de octubre de ese año la Segunda Sala resolvió los amparos en revisión 1121/2016 y 692/2017, en los que determinó la inconstitucionalidad del artículo 298, inciso B), fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por considerar que dicha disposición transgrede el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por acuerdo de catorce de noviembre de dos mil diecisiete, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación radicó el oficio referido bajo el expediente de declaratoria general de inconstitucionalidad 6/2017, notificó a las Cámaras del Congreso de la Unión los amparos en revisión mencionados y requirió al secretario de Acuerdos de la Segunda Sala para que, una vez formada la jurisprudencia respectiva, se lo comunicara y le remitiera las copias certificadas de las sentencias restantes con que fue integrada la jurisprudencia, a efecto de continuar con el procedimiento establecido en el punto tercero del Acuerdo General Plenario Número 15/2013.
Por oficio 346/2017, de uno de diciembre de dos mil diecisiete, el secretario de Acuerdos de la Segunda Sala remitió a la Presidencia de esta Suprema Corte copia certificada de la jurisprudencia 167/2017 aprobada por la Segunda Sala, en la que fue establecida la inconstitucionalidad del artículo 298, inciso B), fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y de las sentencias emitidas en los amparos en revisión 104/2017, 693/2017 y 210/2017.
En auto de siete de diciembre de dos mil diecisiete, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la declaratoria general de inconstitucionalidad planteada por la Segunda Sala, ordenó notificar al Congreso de la Unión el establecimiento de la jurisprudencia mencionada y turnó el asunto al Ministro José Fernando Franco González Salas para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.
- Resultando
- Considerando
- B Con Multa Por El Equivalente De Hasta De Los Ingresos Del Concesionario O Autorizado Por
- M Cualidad De Útil
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Declaratoria General De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Lo Dispuesto En El Presente Capítulo No Será Aplicable A Normas En Materia Tributaria
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Son Atribuciones De Los Presidentes De Las Salas
- Artículo
- Las Comisiones Serán
- Artículo O
- Declaratoria General De Inconstitucionalidad Art Fracción Ii
- Artículo Las Notificaciones Surtirán Sus Efectos Conforme A Las Siguientes Reglas