FACULTAD DE ATRACCIÓN 10/2007-PL. PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Fecha: 13-Sep-1996
El Ejercicio De La Facultad Debe Hacerse En Forma Restrictiva
5. La facultad de atracción sólo puede ejercerse cuando se funde en razones que no podrían darse en la mayoría o en la generalidad de los asuntos, y deben acreditarse, de manera conjunta, un interés superlativo y su carácter trascendente.
6. El ejercicio de la facultad de atracción no puede depender de situaciones temporales o contingentes, sino que debe derivar de la naturaleza misma del asunto.
En este contexto, para que esta Primera Sala esté en condiciones de asumir el conocimiento de un recurso de revisión en amparo indirecto, vía facultad de atracción, es menester que se trate de un asunto importante y trascendente, para lo cual se requiere que tenga carácter excepcional, debido a su importancia, por su gran entidad y trascendencia, porque mire a la gravedad o importancia de la consecuencia del asunto, es decir, que el asunto sea importante porque se expresen razones que no cabría formular en la mayoría o en la totalidad de los asuntos, y que revista un carácter trascendente reflejado en lo novedoso que entrañaría la fijación de un criterio jurídico trascendente para casos futuros o la complejidad sistémica de los mismos, a juicio de este Alto Tribunal.
Lo anterior, porque sólo se está en presencia de un asunto de importancia y trascendencia cuando existen verdaderos razonamientos que, por sí solos, hacen evidente que se trata de un negocio excepcional, es decir, que está fuera del orden o regla común, lo que se advertirá con claridad cuando los argumentos planteados arrojan que no tiene similitud con la totalidad o mayoría de los asuntos y que, además, trascenderá en criterios jurídicos o por la complejidad sistémica del caso.
Cabe destacar que, entonces, el interés y la trascendencia suponen que el asunto revista características especiales, mismas que no derivan de la naturaleza procesal de la resolución recurrida (sentencia o auto) o de las causas que conduzcan a la instancia de la revisión, sino de la importancia intrínseca de la materia del amparo en cuestión, es decir, de sus elementos materiales. Así se establece en la siguiente tesis, cuyos datos de identificación y contenido se citan a continuación:
- Considerando
- Artículo
- El Artículo Fracción Iii De La Ley De Amparo Establece
- Por Su Parte El Artículo Fracción Iii Primer Párrafo Ordena
- B Trascendencia
- Página
- De Lo Antes Expuesto Se Obtienen Las Siguientes Conclusiones
- El Ejercicio De La Facultad De Atracción Es Discrecional
- El Ejercicio De La Facultad Debe Hacerse En Forma Restrictiva
- En Los Agravios Sostiene El Quejoso Recurrente En Esencia Lo Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve