INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA DE LA VÍA 9/2024
Fecha: 04-Dic-2024
V. DECISIÓN
Por lo expuesto y fundado, esta Segunda Sala de la SCJN resuelve:
PRIMERO. Es infundada la excepción de improcedencia de la vía a que este expediente se refiere.
SEGUNDO. Es procedente la vía ordinaria civil federal para que esta Suprema Corte de Justicia de la Nación conozca y resuelva el juicio ordinario federal del que deriva el presente asunto.
Notifíquese, personalmente a las partes con testimonio de esta ejecutoria y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama (ponente), Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán. La Ministra Yasmín Esquivel Mossa votó contra algunas consideraciones.